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Condena por pérdida de equipaje

29 de abril de 2021

Condena por perder el equipaje

El Juzgado Mercantil N.º 10 de Madrid, mediante una Sentencia dictada el 19 de abril de 2021 conseguida por reclamador.es, ha condenado a Air India a indemnizar con la cantidad de 1.400 euros a un pasajero tras entregarle dos de sus maletas con 12 días de retraso, y perderle una tercera.

El pasajero viajó en 2018 desde Sídney a Madrid, haciendo escala en Delhi, con la intención de visitar varios lugares de España. En ese trayecto, la compañía extravió las tres maletas con las que viajaba el pasajero, de las cuales solo llegó a recuperar dos.

Air India se opuso a la demanda interpuesta, alegando que la pérdida y retraso en la entrega del equipaje era una situación insuficiente para provocar un daño moral, entendiendo este como un verdadero perjuicio en la esfera psíquica y emocional del pasajero, pues lo sufrido por el pasajero, a su juicio, se trataba de unas meras molestias que no gozaban de la importancia necesaria para ser indemnizado.

Finalmente, la Jueza, en la Sentencia, considera que el hecho de que el pasajero no pudiese disponer de dos de sus maletas durante 12 días, así como la pérdida definitiva de la tercera maleta, añadido al tiempo que tuvo que perder en presentar el PIR y de estar atento a la entrega, es una situación que genera una afectación en la psiquis del pasajero, lo que se traduce en un daño moral. Además, considera que la pérdida de la tercera maleta implica, per se, un daño material para el pasajero al perder toda la ropa y objetos personales que llevaba en su interior.

Daños ocasionados

A los criterios que vienen siendo comunes en este tipo de Sentencias, como el hecho de si el vuelo es de ida (como en el presente caso) o de vuelta, o si se trata de un vuelo de larga distancia (como es este caso también), añade el criterio del peso de la maleta. La Jueza consideró que la maleta extraviada era una maleta de gran peso, conforme constaba en el talón de equipaje, destacando este hecho como relevante a la hora de tasar el valor de la misma.

FUENTE Legaltoday


Por Alfredo Diaz Martinez 9 de octubre de 2024
¡Eso es increíble! Conseguimos la exoneración de 1.230.000 €(UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA MIL EUROS). Lograr una exoneración de deudas tan significativa es un gran logro y, sin duda, un cambio de vida para nuestro cliente. Poder eliminar una carga financiera tan grande permite a las personas volver a soñar y planificar su futuro sin el peso de las deudas. Es maravilloso ver cómo nuestro trabajo puede impactar positivamente en la vida de los demás. Y la placentera sensación que sentimos al llamar para comunicarle la noticia ¿Cómo crees que se siente el cliente al respecto?
Por Alfredo Diaz Martinez 3 de octubre de 2024
Por un cobro indebido de la entidad bancaria, hicimos ésta reclamación judicial que finalmente hemos ganado por el importe total cobrado más los intereses legales correspondientes desde el primer día. Estamos acosados continuamente por estafas, engaños y cobros indebidos en el amparo anónimo de entidades impersonales, pero si ves algo raro o no estás conforme con una operación bancaria, lo mejor es estudiarlo y denunciar, es la única forma de solucionarlo. Estamos especializados en solucionar problemas de éste tipo recuperando para nuestros clientes el dinero que les corresponde. Si estás en una situación semejante no dudes en ponerte en contacto con nosotros, estudiaremos tu caso y te explicamos la situación y como actuaremos. Telf.- 955.27.28.00 Avenida San Francisco Javier, 9, 2ª planta, mod.5-6 (Edificio Sevilla 2) Sevilla
Por Alfredo Diaz Martinez 16 de septiembre de 2024
Nuestro cliente se presentó en nuestro despacho de Sevilla, en el barrio de Nervión, con la cita previamente acordada, con la lógica angustia de la situación de verte superado por las deudas contraídas durante un tiempo sin poder hacer frente a su pago. Hablamos de la deuda, de los deudores y como se podía solucionar el tema, dándole todas las indicaciones de los pasos a seguir, todo lo que nosotros hacemos y cómo lo hacemos dejándole claro todo el proceso estando en continua comunicación con él. Al final hemos terminado el proceso consiguiendo la exoneración o el perdón de la deuda que ascendía a unos 20.000 € aproximadamente. El cliente comienza una nueva vida sin deudas arrancando su situación con más fuerza y entusiasmo que nunca. Si vives una circunstancia parecida, no dejes que tus deudas te aplasten y llámanos para empezar de nuevo con una segunda oportunidad. Teléfono 955.27.28.00
Por Alfredo Diaz Martinez 5 de diciembre de 2023
De nuevo tenemos hoy las mejores noticias, y no paran de llegar, otro cliente que conseguimos que le perdonen todas sus deudas. Somos el mejor despacho de abogados de Sevilla en eliminación de deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad. ¡¡ La mayor exoneración conseguida por un despacho de abogados en Sevilla.!! Esta nueva exoneración, conseguida una vez más gracias al mecanismo legal de la Ley de la Segunda Oportunidad, supone que Legal SVL se alce como primer despacho en Sevilla consiguiendo eliminaciones de deudas. Gracias a Legal SVL y al mecanismo legal de la Ley de la Segunda Oportunidad, una nueva familia española puede tener una merecida segunda oportunidad en sus vidas. En este caso en concreto, se trata de una familia establecida en una localidad próxima a Sevilla, que ha visto exonerada su deuda por valor de casi 2.000.000 de euros que arrastraba desde hace un tiempo y no conseguían tener una vida normal y plena. De igual forma que en tantas otras ocasiones, este cliente acudió a nuestro despacho en una situación de desesperación por el constante acoso que recibía por parte de los acreedores ante la imposibilidad de hacer frente a sus deudas. Se estudió su situación, y a la vista del volumen de deudas que tenía le recomendamos acogerse a la ley de segunda oportunidad, ya que cumplía todos los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad para hacerlo. ¿Cómo me pongo en contacto con Legal SVL? Acompañamos desde el principio hasta el final del proceso a todos nuestro clientes, para que ellos no tengan que preocuparse por nada, que todas las personas de este mundo tienen derecho a empezar de nuevo sus vidas sin soportar problemas económicos de su pasado. Si tú eres una de esas personas que buscas una solución legal a tus problemas económicos no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través del correo electrónico info@legalsvl.es , a través del formulario de contacto de ésta página o en el teléfono 955.27.28.00 de nuestra oficina de Sevilla. Porque con la Ley de la Segunda Oportunidad, el mecanismo legal más rápido y eficaz para que las personas que se han endeudado puedan encontrar la solución a sus problemas, tú, al igual que esta familia de Sevilla, también tienes derecho a disfrutar de una merecida y necesaria segunda oportunidad.
Por Alfredo Diaz Martinez 8 de septiembre de 2023
Eliminamos una deuda de más de 253.000 € a un empresario sevillano a través de la ley de la segunda oportunidad.  Si estás interesado en que te informemos de los pasos a seguir y comenzar una nueva vida financiera, llámanos sin compromiso al 955.27.28.00 o al mail info@legalsvl.es
Por Alfredo Diaz Martinez 24 de julio de 2023
Cuando vemos los apuros y situaciones extremas por la que pasan algunos clientes, no podemos sentir más alegría y satisfacción al recibir la sentencia judicial en la que se exonera de la deuda que tenía contraída con diferentes acreedores y que en el juzgado consideran impagable ante ésta situación critica. Un soplo de aire fresco después de tanta presión económica permitirá a nuestro representado levantar cabeza de nuevo y empezar a vivir. Todo eso se consigue tras un largo proceso en el que nos implicamos totalmente llamado Ley de la Segunda Oportunidad. Si tú estás en una situación parecida o crees estarlo, consulta sin compromiso, lo único que puede pasar es que eliminemos tu deuda. Legal SVL 955.27.28.00
Por Alfredo Diaz Martinez 22 de febrero de 2023
El Registro de Economistas Forenses (REFOR) señala que en el intervalo de 2019, periodo preCovid, hasta el cierre de 2022, se han cuadruplicado el número de concursos de personas físicas y autónomos, con un crecimiento del 280% (de 2.544 en 2019 a 9.669 en 2022), frente al incremento mucho menos acusado de los concursos de empresas, algo menos del 18% (de 4.055 en 2019 a 4.755 en 2022). El REFOR ha comentado los datos en la toma de posesión que ha tenido lugar este miércoles de los vocales del nuevo Consejo Directivo y el nuevo Consejo Asesor del REFOR. El nuevo órgano rector estará compuesto por el presidente, Miguel Romero (que venía siendo el vicepresidente en anteriores mandatos), los vicepresidentes, Alejandro Latorre y Bárbara Pitarque y once vocales representantes de distintos Colegios de Economistas y Titulares Mercantiles, administradores concursales de reconocido prestigio. Tras la reciente aprobación de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), ya se hayan incluido dos nuevas reformas al texto: por una parte, en el Proyecto de Ley del Servicio Público de Justicia (en el que se modifican 6 artículos del TRLC) y por otro lado, en el Anteproyecto de Ley de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (que modifica 4 artículos del TRLC). Asimismo, en esta nueva propuesta de reforma concursal 2023 se propone reducir el plazo para mantener la unidad productiva de 3 años a 2 años (artículo 224 bis del TRLC) para incentivar las ventas de unidades productivas, lo que consideran acertado desde el REFOR. Durante la sesión también se ha expuesto una comparativa sobre la evolución concursal de 2019 a 2022, con diversos países de nuestro entorno (Alemania, Francia, Italia, Portugal y Reino Unido). Los expertos han puesto de manifiesto que, de todos estos países, España es el en el que más han aumentado los concursos de acreedores desde el año 2019, un 53,09%, por debajo tan solo de Reino Unido donde han aumentado casi un 75% (74,92%). No obstante, según han apuntado, en términos absolutos, España muestra en 2022 un número de concursos de empresas muy inferior al resto de países analizados (5.248, frente a los 42.500 de Francia o los 14.700 de Alemania). Tan solo Portugal, con 2.202, muestra un número de concursos inferior al nuestro. Asimismo, de los países analizados, en 2022, (con respecto a 2021), la mayoría han experimentado crecimientos concursales, aunque con distinta intensidad: España un 11,33%, Francia casi un 50%; Reino Unido un 57% y Alemania un 2,8%. Disminuyen en Italia, un 30% y en Portugal, un 38%. El nuevo presidente del REFOR, Miguel Romero, se ha referido durante su intervención a la propuesta de Directiva de Insolvencia de diciembre 2022, que podría aprobarse hacia mayo 2023 y que, según ha manifestado "destaca por una mayor inclusión de la exención del crédito público para microempresas y emprendedores, y una regulación más detallada para ambos casos, así como mayor impulso y desarrollo del denominado pre-pack concursal para la preparación de la venta de unidad productiva del deudor en insolvencia durante la fase pre-concursal". "Tanto los proyectos legislativos que se están preparando como la propia trasposición de la Directiva van a traer cambios en la Ley concursal, por lo que habrá que estar muy pendientes", concluyó Romero. FUENTE: El Economista.
Por Alfredo Diaz Martinez 20 de febrero de 2023
De nuevo damos una gran satisfacción a uno de nuestros clientes tras conseguir que la ley de la Segunda Oportunidad exonere su deuda limpiando lo que debía y poder así levantar cabeza y empezar una nueva oportunidad de vida. La exoneración del pasivo insatisfecho o EPI, es la cancelación de deudas tras el concurso de acreedores de personas físicas o Ley se segunda oportunidad. Tras la reforma concursal del 2022, la exoneración del pasivo insatisfecho, pasa de ser un beneficio (ante era el BEPI), a ser un derecho de todo deudor, que no pueda pagar sus deudas por encontrarse en situación de insolvencia. Tras el procedimiento concursal, el juez, dictará un Auto con el EPI, concediendo al deudor la cancelación de sus deudas, siempre que se cumplan unos requisitos y actúe de buena fe..
Por Alfredo Diaz Martinez 14 de febrero de 2023
La exoneración del pasivo insatisfecho o EPI, es la cancelación de deudas tras el concurso de acreedores de personas físicas o Ley se segunda oportunidad. Tras la reforma concursal del 2022, la exoneración del pasivo insatisfecho, pasa de ser un beneficio (ante era el BEPI), a ser un derecho de todo deudor, que no pueda pagar sus deudas por encontrarse en situación de insolvencia. Tras el procedimiento concursal, el juez, dictará un Auto con el EPI, concediendo al deudor la cancelación de sus deudas, siempre que se cumplan unos requisitos y actúe de buena fe.. Y ésta es la prueba de que se puede conseguir. El juez ha exonerado el pasivo concursal de nuestro cliente abriendo una nueva bocanada de aire fresco ante la situación tan inquietante que estaba viviendo.
Por Alfredo Diaz Martinez 21 de diciembre de 2022
Las ponencias, impartidas por tres magistrados y nuestro delegado en Andalucía, versaban sobre temas de actualidad en materia de derecho concursal. La recaudación de las inscripciones será destinada íntegramente a las ONGs sin ánimo de lucro Andex y Aldeas Infantiles, ambas dedicadas al cuidado de los niños más desfavorecidos. El Decano del ICAS, D. Joaquín Gallardo Rodríguez, fue el encargado de la apertura de la jornada solidaria, en la cual se puede contribuir no solo presencialmente, mediante el pago de 20€ por la inscripción, sino que existe la posibilidad de formar parte de la fila 0 y realizar una aportación en el número de cuenta ES65 ES52 0030 4111 1700 0549 0271 el cual está abierto permanentemente para la recepción de donaciones. A continuación, D. Eduardo Gómez López, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla; D. Fco Javier Carretero Espinosa, Magistrado del mismo Juzgado; y D. Pedro Márquez López, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla, ofrecieron sus puntos de vista sobra la actualidad concursal en nuestro país. Finalmente, Germán Mellado Peña, Delegado en Andalucía de eactivos.com, puso punto y final al evento con su intervención como ponente en la tertulia solidaria realizando una exposición sobre la problemática de la venta de unidades productivas y el privilegio especial, concluyendo el acto a las 20 horas. Fuente: Activosconcursales.com
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